Con carácter previo al inicio de la obra o instalación que se destine específicamente a una actividad, los/las interesados/as presentarán comunicación previa en la que pondrán en conocimiento de la Administración Municipal sus datos identificativos y adjuntarán la documentación acreditativa de los requisitos exigibles para el inicio de la obra e instalación.
Con carácter general, transcurrido el plazo de quince días hábiles señalado, la presentación de la comunicación previa cumpliendo con todos los requisitos exigidos constituye título habilitante para el inicio de as obras, sin perjuicio de las posteriores facultades de comprobación, control e inspección por parte del ayuntamiento.
Al haber finalizado la obra, se presentará comunicación previa para el inicio de la actividad.
Cualquier persona física o jurídica que desee comunicar el inicio de una obra de adecuación de local para actividad.
Con carácter previo a la presentación de la solicitud, la persona interesada deberá elaborar la autoliquidación correspondiente a la Tasa por la intervención municipal en las comunicaciones previas y en el otorgamiento de licencias urbanísticas a través de la Oficina Virtual Tributaria del Ayuntamiento de Betanzos. Para poder presentar la solicitud es necesario aportar el justificante de pago de la autoliquidación de la tasa, en virtud del artículo 4.4. de la Ordenanza fiscal nº 6 (BOP 176 del 15/09/22).
La autoliquidación y pago del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) se realizará segundo el establecido en el artículo 8 de la Ordenanza fiscal nº 28 (BOP 176 del 15/09/22).
De forma telemática a través del botón "Iniciar trámite".
NOTA: La documentación técnica tramitada a través de la plataforma de trabajos profesionales del COAG u otros colegios profesionales no tendrá que ser aportada; sólo se tendrá que indicar en la instancia el código correspondiente.
Nombre: Comunicación Previa de Obra de Adecuación de Local para Actividad.
Unidad tramitadora: Urbanismo.
Inicio del procedimiento: A instancia de parte.
Tipo de interesado: Persona física o jurídica.
Tasas/impuestos: Consultar ordenanzas fiscales del apartado de normativa.
Canales de atención: Telemático (Iniciar trámite).
Presencial.