Quedan sujetos al régimen de intervención municipal de comunicación previa los actos de uso del suelo y del subsuelo no sujetos a licencia (están sujetos a licencia los actos que requieren proyecto de edificación y otros supuestos) y, en todo caso, los que así se establecieran en las leyes. Quien promueva los actos de uso del suelo y del subsuelo comunicará al ayuntamiento la intención de llevar a cabo el acto con una antelación mínima de quince días hábiles a la fecha en la que pretenda comenzar su ejecución.
Con carácter general, transcurrido el plazo de quince días hábiles señalado, la presentación de la comunicación previa cumpliendo con todos los requisitos exigidos constituye título habilitante para el inicio de los actos de uso del suelo y del subsuelo sujetos a ella, sin perjuicio de las posteriores facultades de comprobación, control e inspección por parte del ayuntamiento.
(Art. 142.3 y 146 de la Ley 2/2016, del 10 de febrero, del suelo de Galicia).
Cualquier persona física o jurídica que desee comunicar el inicio de una obra.
Con carácter previo a la presentación de la solicitud, la persona interesada deberá elaborar la autoliquidación correspondiente a la Tasa por la intervención municipal en las comunicaciones previas y en el otorgamiento de licencias urbanísticas a través de la Oficina Virtual Tributaria del Ayuntamiento de Betanzos. Para poder presentar la solicitud es necesario aportar el justificante de pago de la autoliquidación de la tasa, en virtud del artículo 4.4. de la Ordenanza fiscal nº 6 (BOP 176 del 15/09/22).
La autoliquidación y pago del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) se realizará según el establecido en el artículo 8 de la Ordenanza fiscal nº 28 (BOP 176 del 15/09/22).
De forma telemática a través del botón "Iniciar trámite".
NOTA: La documentación técnica tramitada a través de la plataforma de trabajos profesionales del COAG u otros colegios profesionales no tendrá que ser aportada; sólo se tendrá que indicar en la instancia el código correspondiente.
Nombre: Comunicación Previa de Obra.
Unidad tramitadora: Urbanismo.
Inicio del procedimiento: A instancia de parte.
Tipo de interesado: Persona física o jurídica.
Tasas/impuestos: Consultar ordenanzas fiscales del apartado de normativa.
Canales de atención: Telemático (Iniciar trámite).
Presencial.