Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas al pago de la vivienda habitual, mediante adjudicación directa a las personas inquilinas de un contrato de alquiler o de un préstamo hipotecario de una vivienda ubicada en el Ayuntamiento de Betanzos con la finalidad de contribuir a paliar las consecuencias socioeconómicas entre los colectivos más vulnerables. Estas ayudas cuentan con la financiación de la Diputación Provincial de A Coruña, a través del POS/POS Adicional 1/2025 para Gastos Sociales Extraordinarios del ejercicio 2025.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas mayores de edad que en la fecha de la presentación de la solicitud cumplan los siguientes requisitos:
Este límite se ampliará a 2,5 anualidades del IPREM vigente por doce mensualidades (18000 €) en el caso de grupos de familias de especial consideración: familias numerosas, familias monoparentales, familias con personas mayores al cargo, familias con personas con discapacidad al cargo, familias acogedoras y familias víctimas de violencia de género.
Los ingresos de la unidad de convivencia se calcularán sumando la base imponible general y la base imponible del ahorro de la declaración de la renta de las personas físicas del año 2024 de todos los miembros de la familia.
No podrá concederse la ayuda cuando la persona solicitante o alguna de las personas integrantes de su unidad de convivencia si encuentre en alguna de las situaciones que a continuación se indican:
Solicitudes:
La presentación de inscripciones se realizará preferentemente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Betanzos https://sede.betanzos.gal.
Excepcionalmente las personas que acrediten que no cuentan con medios necesarios para realizarlo por esta vía podrán contactar con los servicios sociales.
El plazo de presentación de solicitudes será del 31 de Julio al 21 de Agosto de 2025 (ambos incluídos).
Nombre: Solicitud de ayudas extraordinarias municipales de apoyo al pago de la vivienda habitual.
Inicio del procedimiento: A instancia de parte.
Tipo de interesado: Persona físicas que cumplan los requisitos.
Canales de atención: Telemático (Iniciar trámite)
Presencial
Excepcionalmente las personas que acrediten que no cuentan con medios necesarios para realizarlo por esta vía podrán contactar con los servicios sociales.