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Solicitud de licencia de segregación y parcelacion

La Solicitud de Licencia de Segregación y Parcelación deberá presentarse para los siguientes actos de uso del suelo y del subsuelo:

  • Las parcelaciones, segregaciones u otros actos de división de fincas en cualquier clase de suelo, cuando no formen parte de un proyecto de reparcelación urbanística.

(Art. 142.2 de la Ley 2/2016, del 10 de febrero, del suelo de Galicia).

Con carácter previo a la presentación de la solicitud, la persona interesada deberá elaborar la autoliquidación correspondiente a la Tasa por la intervención municipal en las comunicaciones previas y en el otorgamiento de licencias urbanísticas (tarifa: licencias de segregación y parcelamiento) a través de la Oficina Virtual Tributaria del Ayuntamiento de Betanzos. Para poder presentar la solicitud es necesario aportar el justificante de pago de la autoliquidación de la tasa, en virtud del artículo 4.4. de la Ordenanza fiscal nº 6 (BOP 176 del 15/09/22).

De forma telemática a través del botón "Iniciar trámite".

NOTA:  La documentación técnica tramitada a través de la plataforma de trabajos profesionales del COAG u otros colegios profesionales no tendrá que ser aportada; sólo se tendrá que indicar en la instancia el código correspondiente.

  • Solicitud de licencia de segregación y parcelación.
  • En caso de actuar en representación, copia de los documentos de identidad del representante y el solicitante, con la autorización escrita de ese último o copia del poder para representarlo (ver modelo). En el caso de presentación online, no es necesario aportar el documento de identidad del presentador (ni del interesado en el caso de utilizar un certificado electrónico de representación).
  • Proyecto Técnico (Básico y/o de Ejecución), visado por el correspondiente Colegio Profesional.
  • Documentación acreditativa de la titularidad del inmueble o terreno (en su caso).
  • Presupuesto desglosado de las actuaciones a realizar, con indicación de los materiales a utilizar, coste de los mismos, y coste de la mano de obra.
  • Proyecto sobre infraestructuras comunes en los edificios para acceso a los Servicios de Telecomunicaciones (cuando la normativa sectorial así lo exija).
  • Autorizaciones sectoriales previas preceptivas.
  • Justificante de pago de las tasas según la ordenanza vigente.
  • Justificante de pago de tasas según la/s ordenanza/s vigente/s. (ver)

Nombre: Solicitud de Licencia de Segregación y Parcelación.

Unidad tramitadora: Urbanismo.

Inicio del procedimiento: A instancia de parte.

Tipo de interesado: Persona física o jurídica.

Órgano de resolución: Junta de Gobierno Local.

Carácter silencio administrativo: Silencio negativo.

Plazo de ejecución: 3 meses.

Recurso aplicable: Potestativo de reposición / Contencioso administrativo.

Tasas/impuestos: Consultar las ordenanzas fiscales del apartado de normativa.

Canales de atención: Telemático (Iniciar trámite).

                                      Presencial.